Que son las restricciones aéreas y donde puedo volar mi dron

Las zonas geográficas de UAS, corresponden a volúmenes de espacio aéreo en las que se pueden permitir, restringir o excluir operaciones con UAS por motivos de seguridad pública, protección de infraestructuras y otros usuarios del espacio aéreo, protección de la privacidad y del medio ambiente.
Estas zonas geográficas de UAS las define cada estado en sus territorios y pueden:
• Prohibir algunas o todas las operaciones de UAS, imponer condiciones particulares para algunas o todas las operaciones de UAS o imponer una autorización operacional previa para algunas o todas las operaciones de UAS.
• Someter las operaciones de UAS a normas medioambientales específicas.
• Restringir el acceso únicamente a determinadas clases de UAS.
• Restringir el acceso únicamente a UAS con determinadas características técnicas, en particular sistemas de identificación a distancia o sistemas de geoconsciencia.
• Permitir el “vuelo libre” o establecer exenciones de uno o varios de los requisitos de lacategoría abierta.

Actividades “Recreativas” / “Profesionales”

A través de la aplicación web y móvil ENAIRE Drones puedes planificar el vuelo de drones desde cualquier dispositivo móvil de tipo Android o Iphone. A través de esta app, se presenta el mapa del espacio aéreo de España indicando las zonas donde está permitido el uso de estas aeronaves tripuladas por control remoto.

Esta aplicación da respuesta a las necesidades de pilotos de drones, tanto profesionales como recreativos, para facilitar la identificación de áreas de vuelo permitidas, así como avisos aeronáuticos (NOTAMs) activos, espacios naturales protegidos o zonas de protección para aves.

Todos los datos presentados en la app móvil, al igual que ocurre en su versión web, provienen de la publicación AIP España, que ENAIRE se encarga de actualizar como responsable nacional de la provisión del Servicio de Información Aeronáutica (AIS).

Planifica tus vuelos pulsando Aquí Enaire drones

Condiciones de Utilización del Espacio Aéreo

Actualmente las limitaciones por motivos de espacio aéreo se pueden consultar en ENAIRE Drones, entre las que se incluyen:
– La necesidad de que la operación se realice fuera de la zona de seguridad de cualquier aeródromo, salvo que exista coordinación previa con el gestor de la infraestructura (artículo 45.3.b del Real Decreto 1180/2018 y disposición adicional segunda del Real Decreto 1036/2017).
– La necesidad de que la operación se realice en espacio aéreo no controlado y fuera de una zona de información de vuelo (FIZ), salvo que se haya coordinado previamente con el proveedor de servicios de tránsito aéreo (artículo 45.3.c del Real Decreto 1180/2018 y disposición adicional segunda del Real Decreto 1036/2017).
– Zonas prohibidas y restringidas para la Defensa, la protección de los intereses nacionales o la seguridad pública, zonas restringidas para la protección medioambiental y zonas restringidas al vuelo fotográfico -ZRVF- (artículos 18, 19 y 20 del Real Decreto 1180/2018 respectivamente y disposición adicional tercera del Real Decreto 1036/2017).

Además, se mantienen otras limitaciones al vuelo de UAS:
– Prohibición, salvo permiso del responsable en el caso de actividades profesionales, del sobrevuelo de instalaciones afectas a la defensa nacional o la seguridad del estado, instalaciones e infraestructuras críticas de los sectores estratégicos, instalaciones e infraestructuras de la industria química, transporte, energía, agua y tecnologías de la información y comunicaciones (artículo 32 y disposición adicional tercera del Real Decreto 1036/2017).

– Restricciones de vuelo en zonas de aglomeraciones de edificios en pueblos, ciudades o lugares habitados y sobre reuniones de personas y que en cualquier caso requieren de la comunicación previa al Ministerio del Interior con un plazo mínimo de diez días.