Lo primero que debemos saber es que AESA (Agencia Española de Seguridad Aérea), es el organismo encargado de regular el uso de los Drones en nuestro país así como el organismo encargado de todo lo concerniente a la navegación y el transporte aéreo.

¿Qué necesito para volar un dron legalmente en España?

El uso de los drones es una actividad que va creciendo exponencialmente año tras año de ahi su regulación. Pese a ello,  a veces no es fácil estar al tanto de la normativa por ello en esta guía básica, queremos que conozcas los aspectos generales de lo que necesitas para volar un dron en España.

El uso de los drones es una actividad que va creciendo exponencialmente año tras año de ahi su regulación. Pese a ello,  a veces no es fácil estar al tanto de la normativa por ello en esta guía básica, queremos que conozcas los aspectos generales de lo que necesitas para volar un dron en España.

Con respecto a la normativa, se aplican los reglamentos Europeos Reglamentos Europeos RE 2019/947 y RD 2019/945.

En España se regula mediante Real Decreto de 2020. Actualmente estamos en un periodo transitorio, pendiente que se apruebe un nuevo Real de Decreto y que empiece a ser efectivo a partir de 2024 mucho mas acorde al marco normativo europeo, pero eso aún está por determinar, por lo que hay que estar pendiente constantemente de los posibles cambios que puedan surgir.

Aspectos generales para volar un Dron en España

Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso* (recreativo o profesional) o tamaño/peso. En este apartado se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier dron:

Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso* (recreativo o profesional) o tamaño/peso. En este apartado se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier dron:

 Registro como operador: Todos los usuarios que pretendan volar un dron** deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA y obtener el número de operador según la normativa europea. Una vez obtenido el número de operador este debe incluirse en el dron de forma visible.

 Formarse como piloto: Para volar un dron debes tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional en la que se opere. Así, para volar drones en la categoría abierta, es obligatorio superar el correspondiente examen en AESA, que puede ser de Nivel 1 o Nivel 2, dependiendo del riesgo de la operación. Y, para volar drones en categoría específica, será necesario superar el examen de AESA de Nivel 3, para operar en los escenarios estándar contemplados en ella.

 Disponibilidad de seguro obligatorio de responsabilidad civil: se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales. Más información en materia de seguros en el apartado de Normativa Europea de UAS/Drones.

 Reglas de vuelo: El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el peso del dron, la presencia de otras personas y la cercanía a edificios.

 Lugar del vuelo: Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares motivadas por diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, etc.

Una de las novedades surgidas a raíz de la entrada en vigor de la nueva Normativa de drones en España, es el cambio de requisitos a la hora de volar drones, sin importar si es por ocio o por trabajo. Y es que se ha eliminado por completo esta distinción.

– Actividades recreativas: se refiere a las actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición, así como las actividades propias de las aeronaves de juguete.

– Actividades profesionales: se refiere a las operaciones de áreas especializadas. Estas se definen como cualquier operación, ya sea comercial o no comercial, en la que se utiliza un dron para realizar actividades especializadas tales como actividades de investigación y desarrollo, actividades agroforestales, levantamientos aéreos, fotografía, vigilancia, filmación, publicidad, emisiones de radio y televisión, etc.

*Excepto actividades no EASA (Lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, policía, aduanas, etc.)

** Salvo las excepciones que se indican en el apartado “operaciones categoría abierta” o si te han contratado como piloto a distancia o vuelas para otra persona, en cuyo caso quien debe registrarse es la organización operadora del dron.
 Toda la información volcada aquí está basada en las comunicaciones de AESA pero, debido a los continuos cambios, es posible que no se aplique en todas las casuísticas operacionales.